Derechos del Inmigrante

El principal objetivo de la Convención de Derechos Humanos es fomentar el respeto de los derechos humanos de los inmigrantes, sosteniendo que:

“Los inmigrantes no son solamente trabajadores, son también seres humanos”, en estas mismas líneas señalaba el escritor suizo Max Frisch refiriéndose a la migración laboral en Europa “Wir riefen Arbeitskräfte und es kamen Menschen”. (Pedimos mano de obra, y en su lugar recibimos seres humanos.)

La Convención no crea nuevos derechos para los inmigrantes sino que busca garantizar la igualdad de tratamiento y las mismas condiciones laborales para inmigrantes y nacionales, lo que implica notablemente:

  1. Prevenir condiciones de vida y de trabajo inhumanas, abuso físico y sexual y tratamientos degradantes (artículos 10-11,25, 54).
  2. Garantizar los derechos de los inmigrantes a la libertad de pensamiento, de expresión y de religión (artículos 12-13).
  3. Garantizar a los inmigrantes el acceso a la información sobre sus derechos (artículos 33,37).
  4. Asegurar su derecho a la igualdad ante la ley, lo cual implica que los trabajadores migratorios estén sujetos a los procedimientos debidos, que tengan acceso a servicios de interpretación y que no sean sentenciados a penas desproporciona-das como la expulsión (artículos 16-20, 22).
  5. Garantizar a los inmigrantes la igualdad de acceso a los servicios educativos y sociales (artículos 27-28, 30, 43- 45,54).
  6. Asegurar que los inmigrantes tengan derecho a participar en sindicatos (artículos 26, 40). La Convención también menciona que los inmigrantes deben tener el derecho a mantener la conexión con su país de origen, lo que implica:
  7. Asegurar que los inmigrantes puedan regresar a su país de origen si así lo desean, permitirles efectuar visitas ocasiona- les e incitarlos a mantener lazos culturales (artículos 8, 31, 38).
  8. Garantizar la participación política de los inmigrantes en el país de origen (artículos 41-42).
  9. Asegurar el derecho de los inmigrantes a transferir sus ingresos a su país de origen (artículos 32, 46-48).
    Regulares o irregulares, todos los inmigrantes tienen derecho a un grado mínimo de protección.

Texto extraido del Manual para el Inmigrante, publicado por la editorial Carena, año 2012, Autores: Catalina Magallanes y Jacobo Pregitser Zerpa.